¿OCURREN EN VENEZUELA ENFERMEDADES OCUPACIONALES?
Por Eric Omaña
CONTEXTUALIZACIÓN
En la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(LOPCYMAT, 2005) se explicita la definición del tema que vamos a tratar, de
este modo:
Art. 70 “Se entiende por enfermedad ocupacional, los
estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición
al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a
trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos,
condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos,
factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión
orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o
desequilibrio mental, temporales o permanentes”.
En la versión original de la ley, la que redactó Emigdio Cañizalez, en su
Art. 28 se sostenía al final, luego de las palabras temporales o permanentes,
la frase “que señalen la reglamentación de la presente Ley, y en lo sucesivo se
añadieren al ser aprobada su inclusión por el organismo competente”.
La eliminación de esa frase, en mi opinión, dejó en el aire la obligación
del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) de
mantener actualizada las listas de enfermedades ocupacionales, ejecutar la
vigilancia epidemiológica respectiva, realizar el correspondiente registro de
las mismas, así como la necesaria publicación de la data.
La sola vigilancia epidemiológica implica: Ocurrencia de las enfermedades
ocupacionales, frecuencia, distribución, agentes causales, determinantes, condiciones
de trabajo y hasta condiciones de vida.
Desde el año 2006 hasta hoy, el INPSASEL no ha publicado un dato sobre
enfermedades ocupacionales, entonces un observador externo pudiera pensar que
en Venezuela, no ocurren este tipo de patologías, que son ignoradas hasta por
las personas que las contraen, por el movimiento sindical y que no aparecen en
la agenda de ningún sector político.
Ahora bien, en descargo del INPSASEL y de quienes han dirigido el ente
gestor de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Venezuela (SSTV), debe
señalarse en esta contextualización del problema, que se publicó la Norma
Técnica para la Declaración de Enfermedad Ocupacional NT-02-2008, en la cual se
contempla un listado de enfermedades ocupacionales, que a 16 años de haberse
realizado, exige su actualización.
ALGO DE HISTORIA
Las enfermedades que produce el trabajo se conocen desde la antigüedad.
Existe un texto poco mencionado en nuestro medio, escrito hace más de 4.400
años conocido en español como “La Sátira de los Oficios o Instrucciones de
Dua-Heti”, (disponible en Amazón, cuña gratis). Dua-Heti fue un escriba egipcio
que comparaba su oficio donde él era el jefe, donde tenía el control de sus condiciones
de vida con las vicisitudes de los otros trabajadores como el campesino, el
herrero, el joyero, el carpintero, el alfarero, el albañil, el jardinero, el
fabricante de esteras y el de flechas, el fogonero, el mercader y el pescador y
el cazador, por las condiciones de vida y de trabajo que debían afrontar para
realizar su profesión (Vásquez, 2010).
En la Antigua Grecia, los filósofos como Hipócrates, quien vivió hace unos
2.400 años recoció las enfermedades causada por el mercurio y el plomo de los
esclavizados en los trabajos de fundición y minería. En la Antigua Roma, Plinio
el Viejo, ya en nuestra era, reconoció las enfermedades de los esclavizados en
las minas y apreció el primer protector del sistema respiratorio, que los
esclavizados confeccionaban con las vejigas de los animales que comían.
En el siglo XVI George Agrícola escribe su tratado “De Re Metallica”
donde menciona las enfermedades respiratorias
y oculares que afectaban a los mineros producto de la exposición al polvo y las
afecciones en articulaciones, producto de la humedad y las posturas con alta
demanda física. En esa época, Theophrastus Phillippus Aureolus Bombastus von
Hohenheim, que se hacía llamar Galeno, escribió su libro “De la enfermedad de
las montañas y de otras enfermedades semejantes” donde describe las
enfermedades por exposición a los químicos desprendidos de los procesos de
fundición y del trabajo en las minas.
Durante el siglo XVII aparecen estudios como los de Johann Glauber, quien analizó las enfermedades de los marinos, y los de Luca Antonio Porzia, médico napolitano que en Viena estudió las enfermedades presentadas por los soldados procedentes de los campamentos de Buda y Gran; igualmente se publica “Mundus subterraneus” donde su autor, Athanasius Kircher, describe algunos síntomas y signos de las enfermedades de los mineros como tos, disnea y caquexia (Arias, 2012).
Empezando el siglo XVIII, Friederich Hoffman publicó el libro “Dissertatio
phisico medica de metallurgia morbifera”, donde analiza la intoxicación
plúmbica.
Más adelante, de Bernardino
Ramazzini, el Padre de la Medicina del Trabajo, se presenta el libro “De morbis
artificum diatriba” o Tratado de la enfermedad de los trabajadores, donde Ramazzini
describe varias docenas de profesiones y
las enfermedades correspondientes. Siempre recuerdo la lectura de las
afectaciones musculoesqueléticas por vibraciones de la gente que jineteaba los
caballos, en ese texto.
Ramazzini también es sin duda, el primer Higienista Ocupacional porque se
fue a estudiar el problema en los centros de trabajo y establecer medidas
básicas para mitigar los peligros que ocasionan las enfermedades que consiguió en
esos ambientes que él usó para su estudio.
En este mismo siglo XVIII, George Baker relacionó la exposición del plomo con
el cólico abdominal y Percival Pott describió el cáncer de escroto en niños
deshollinadores de chimeneas de Inglaterra, comparando con el trabajo de
hombres adultos en Alemania, quienes podían cambiar de ropa y así disminuir
potencialmente el riesgo de exponerse a los peligrosos componentes de
hidrocarburos calcinados presentes en el hollín.
Con el naciente sistema de producción industrial que catapultó al
capitalismo y a la burguesía, enterrando el sistema feudalismo en Europa, apartando del poder a
los señores feudales y al gran propietario de tierra, la iglesia conocida, el
conocimiento de las enfermedades ocupacionales se disparó con las miles de
sustancias químicas que se descubren cada día, los procesos industriales
masivos, las nuevas organizaciones y climas laborales, y la incorporación de
masas trabajadores sin formación para el trabajo seguro ni al tanto de los
efectos del trabajo sobre la salud y la vida.
Por ahí andamos todavía, al punto que a pesar que muere más gente por
enfermedades del trabajo, que por accidentes laborales, ha sido recientemente
que la Organización Internacional del Trabajo ha instado a los gobiernos del
mundo, a llevar estadísticas pormenorizadas de las enfermedades ocupacional,
con un sistema que sea tan robusto como el empleado para los accidentes de
trabajo.
En esta apretada síntesis siempre relacionamos el tema con el Dr. Emigdio
Cañizales Guédez, autor de la LOPCYMAT, pero bueno es recordar que el Dr.
Jiménez Lozano, fue el primer médico que ejerció la profesión en el marco del
Código de Minas que fuera publicado en 1895 y que diera paso a la Ley de
Hidrocarburos de 1920. En ese lapso debemos ubicar a Jiménez Lozano.
Igualmente, como indica Omaña (2023), la 71ava Asamblea Mundial de la Salud de los 194 Estados Miembros de la Organización Mundial de la Salud (OMS), celebrada en 2018 estableció que los países debían cargar en sus estadísticas las casuísticas correspondientes a enfermedades ocupacionales, como se había hecho ya tradicional con la carga de los accidentes de trabajo.
En concordancia con ello, ya en nuestro país, el INSASEL había creado, con una Norma Técnica para la Declaración de Enfermedad Ocupacional. NT-02-2008. Lo que no hemos visto, es que desde el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo (MPPPST) se hayan generado las directrices para que se comience a dar cumplimiento a lo que como país, acordamos en esa reunión de la OMS.
¿ESTADÍSTICAS?
Por una serie de razones, las estadísticas de las enfermedades
ocupacionales en Venezuela, prácticamente han desaparecido. En el pasado siglo
se publicaron desde los años 70´s, formando parte de la Memoria y Cuenta del
Ministerio del Trabajo, hasta que en el año 1999, en los crepúsculos finales del
neoliberalismo como forma de gobierno, se intentó privatizar el Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales, siendo está estructura, la de Medicina del
Trabajo, que en su época contaba con una nómina de médicos suficientes para
llevar el diagnóstico de las enfermedades ocupacionales, la primera en ser
cerrada por el gobierno que se concluía ese año.
Luego vinieron varios años de vacío y una gran acumulación de casos de
enfermos ocupacionales y también de accidentes de trabajo que demandaban su
correspondiente certificación, que se empezó a resolver con la puesta en marcha
del INPSASEL en el 2002, y concomitantemente se empezó a publicar estadísticas
de las patologías laborales hasta el año 2006, toda una verdadera debacle para
los sectores trabajadores, para los empresarios y para quienes hacemos
prevención y control de los peligros para la salud y la visa en el trabajo.
PRIMERAS CINCO PATOLOGÍAS
LABORALES REGISTRADAS EN VENEZUELA
IVSS. Medicina del
Trabajo 1998 |
|
INPSASEL 2006 |
|
Enfermedades respiratorias ocupacionales |
1er lugar |
Lesiones
musculoesqueléticas |
76,5 % |
Rinitis ocupacional |
2do lugar |
Afecciones por factores
psicosociales |
6,3 % |
Contaminación por metales pesados (plomo y mercurio) |
3er lugar |
Enfermedades
respiratorias ocupacionales |
3,9 % |
Lesiones musculoesqueléticas |
4to lugar |
Patologías de la voz |
1,5 % |
Efectos de solventes orgánicos |
5to lugar |
Afecciones auditivas
por ruido |
1,3 % |
Fuente: elaboración del autor a partir del Boletín de la Dirección de
Medicina del Trabajo del IVSS y de la desaparecida página WEB del INPSASEL del
año 2007.
A la fecha eso no ha cambiado, pero valga la siguiente tabla de las últimas
publicaciones de los organismos que hasta ahora han tenido que ver con todo
esto para tener una idea aproximada de la morbilidad ocupacional en Venezuela. Doy
este dato como referencia, que recuerdo bastante bien, en esos años, el
promedio de casos de enfermedades ocupacionales certificados por el IVSS, eran
de aproximadamente 300 cada año.
Siendo el número de fallecimientos atribuibles a las enfermedades
ocupacionales superior a la mortalidad por accidentes de trabajo, no puede
dejarse ese aspecto sin comentarlo. En la investigación de Pega (2023) para la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), se ha llegado a estimar las muertes por
enfermedades relacionadas para los años 2000, 2010 y 2016 que se presenta en la
siguiente tabla:
Nº
DE MUERTES POR ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO
|
2000 |
2010 |
2016 |
Nº de muertes por enfermedades relacionadas con el trabajo (95%
UR) |
2.581 (2.308 - 2.854) |
3.000 (2.685
- 3.315) |
3.328 (2.974 -3.682) |
Población en edad
de trabajar (miles, mayor/igual a 15 años) |
15.973 |
19.934 |
21.428 |
Muertes por
100.000 (95%
UR) |
16,2 (14,5 - 17,9) |
15,1 (13,5 - 16,6) |
15,5 (13,9 - 17,2) |
Fuente: Pega, F. et al. Tasa de mortalidad por
enfermedades atribuibles a factores de riesgo ocupacional seleccionados. Nuevo
indicador mundial de la salud de los trabajadores.
Esta data es cónsona con la poca información que en materia de accidentes
fatales en los trabajos ha publicado el INPSASEL hasta el año 2014, que marca
un promedio anual de 300, de tal manera que se puede establecer que en
Venezuela, por cada caso de muerte por accidente de trabajo, mueren 10 personas
por enfermedad relacionada con el trabajo, para un total, promedio de 3.000
En un trabajo anterior de la OIT publicado en 2003, citado por Roel (2011),
establecía con las evidencias que se tenían para entonces, que a nivel mundial,
del total de las fatalidades relacionadas con el trabajo, el 32% eran por
cánceres ocupacionales, 26% por enfermedades circulatorias, 25% por una
variedad de otras enfermedades, lo cual ya sumaba el 83% de todas las
fatalidades, y que por accidentes de trabajo se adicionaba 17% restante. Como
vemos, los cambios en el tiempo solo son de dígitos bajos.
Nosotros, con base a lo tratado hasta ahora, usando el valor promedio de
3.000 fallecimientos anuales por enfermedades relacionadas con el trabajo, pudiéramos
pensar que cada año mueren alrededor de 960 personas (32%) por cánceres
ocupacionales, 780 personas por
enfermedades circulatorias (26%) y 750 más por otras enfermedades (25%). Estas
cifras deberían sacudir a la dirección política y sindical del país, y porque
no, a la clase empresarial, total todos y todas somos un solo país.
CRITERIOS PARA
DIAGNOSTICAR ENFERMEDADES OCUPACIONALES
Son cinco los criterios para el diagnóstico de las patologías laborales,
según lo establece el INPSASEL (2008).
1) Criterio clínico: es la determinación de la patología por parte del
médico ocupacional, y ahí empieza el problema, porque la escasez de
especialistas es muy grande, los pocos médicos que tenemos se han especializado
más en Salud Ocupacional que en Medicina Ocupacional, y esa es una
diferenciación importante, con esto no estoy negando que un especialista en la
primera disciplina no pueda desarrollar las competencias para ello, pero en la mayoría
de los postgrados, este ítem tan importante no aparece en la curricula.
En 1996, cuando presentamos el Diseño Curricular de los Postgrados en Salud
Ocupacional, con una población laboral activa estimada en 8,6 millones y usando
los criterios de OIT-OMS estibamos que se requerían no menos de 2.000 médicos
ocupacionales para dar cumplimiento a la LOPCYMAT. Para el año 2021 de 10,6
millones de personas activas, según la Web Indexmundi, la demanda se puede estimar, en 2.500 médicos
ocupacionales. Digamos que nos conformamos en que sean Especialistas en Salud
Ocupacional, el déficit es altísimo. En los postgrados apenas se gradúan cada
año una docena y algo más de personas en esta especialidad.
Se requiere que una universidad nacional, con directivos plenamente identificados
con el pensamiento del Padre de la Salud Ocupacional en Venezuela, Emigdio
Cañizales Guédez, debidamente articulada con el INPSASEL, asuma este reto. Y lo
veo bien posible, contando con el apoyo de los postgrados que tenemos en Puerto
Ordaz, Maracaibo, Barquisimeto, Valencia, Maracay y Caracas. El soporte del
INPSASEL es fundamental porque usualmente a los médicos les cuesta conseguir
los permisos necesarios para tomar los postgrados.
2) Criterio paraclínico: se refiere a los exámenes de laboratorio general,
así como de los específicos como plomo en sangre, espirometrías, audiometrías,
radiografías, electrocardiogramas, electromiografía, tomografías, resonancias
magnéticas, etc. Sin duda alguna, el país cuenta con la infraestructura suficiente
para abordar este aspecto.
3) Criterio de higiene ocupacional: consiste en el estudio de las
condiciones de trabajo, los procesos peligrosos, medios y objetos, equipos de
protección personal, ambiente de trabajo, valores técnicos de referencia,
controles en la fuente. Igualmente, cuando iniciamos los postgrados en la UCV
la demanda era de 7.000 prevencionistas, hoy la demanda ha aumentado y el déficit
es aún mayor, porque los egresados de los postgrados en Higiene Ocupacional no
llegan a la docena en las universidades que ofertan estos cursos, que son la
UBV, UCV y LUZ.
4) Criterio epidemiológico: se refiere a la morbilidad (estadísticas) de
las patologías en el puesto de trabajo registradas por el Servicio de Seguridad
y Salud en el Trabajo (SSST). En este ítem, la conclusión es que al no haber el
medico ni el prevencionista, los pocos SSST que puedan existir están
desprovistos del músculo que permita desarrollar este criterio.
5) Criterio legal: se refiere a los componentes establecidos en las leyes,
como el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo, el cumplimiento de los pasos y tiempos para la declaración
de la investigación y enfermedad ocupacional, planes de capacitación, planes de
abordaje para procesos peligrosos, Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo ,
evaluaciones médicas (pre-empleo, pre-vacaciones, post-vacaciones, egreso, así
como los periódicos de acuerdo a los peligros respectivos).
La falta de manejo de estos criterios, aunado a que la Tesorería de la
Seguridad Social aún no está gestionando el pago de los daños objetivos, es la
que lleva a que los trabajadores pierdan en los tribunales las demandas de indemnización
por enfermedades ocupacionales, como posiblemente ocurrió en el caso de G.A.R.B. (2018).
CONCLUSIONES
Sistematizando lo escrito hasta ahora, la principal conclusión es que en Régimen
de Previsión Social de nuestro país, a las enfermedades ocupacionales no se les
ha dado la debida importancia, pareciera ser como titulamos, que no ocurren, y
lo cierto es que hay una pesada cortina oscura que las oculta. Las razones son
variadas, y hacia allá apuntaría una política del Estado, de la gente
trabajadora, del sindicalismo, de los
empleadores y empleadoras, y hasta de nosotros, los miles de ciudadanos que nos
hacemos llamar prevencionistas.
Entre esas razones, que repito, apuntan a una acción, y voy a mencionar
solo una, está la formación de profesionales de la medicina y de las ciencias
aplicadas (y hasta de las ciencias básicas) en el tema ocupacional, para subir
el número de egresado anuales en 2.000% manteniendo esa acción por lo menos por
10 años continuados, eso debe leerse en unos 120 especialistas médicos en al
menos Salud Ocupacional, y un número similar de especialistas en Higiene
Ocupacional, cada año.
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